Expte. Nº 65/16
Partido: “JUVENTUD vs. NAUTICO DE ENSENADA”
Categoría: MAXIBASQUET (+45)
Dar VISTA de las presentes actuaciones al Club NAUTICO ENSENADA y al jugador informado, a efectos de que eleven sus descargos y aporten los datos personales del jugador informado, todo dentro del plazo de TRES (3) DIAS HABILES, en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación copia del informe que diera origen a las presentes.
SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 22 de noviembre de 2016.- |